El Gobierno canario publica por fin la orden de las ayudas de 30.000 euros a los afectados del volcán, un año después de anunciarlas

El Gobierno canario ha publicado en el Boletín Oficial de Canarias (BOC) la  orden para la concesión directa de las ayudas de 30.000 euros a quienes perdieron su única vivienda habitual por la erupción volcánica de 2021 en La Palma. Hay que tener en cuenta que estas ayudas, tan necesarias, las anunció el 12 de marzo de 2022 el presidente del Gobierno canario, Ángel Víctor Torres, y ya ha pasado un año sin abonarse, ante lo cual el vicepresidente del Ejecutivo, Román Rodríguez, afirmó el pasado 24 de  febrero que no era por falta de dinero sino por «un problema de gestión», por saturación de trabajo del personal funcionario.

La orden que permite otorgar estas ayudas se publicó en el BOC este martes 28 de marzo, y se puede descargar en el siguiente enlace: http://www.gobiernodecanarias.org/boc/2023/041/001.html

Estas ayudas, que ya en junio de 2021 Torres se comprometió a «abonar» cuanto antes y que el pasado enero prometió abonar en febrero, son complementarias a las otorgadas por la Administración General del Estado, cuando estas no cubran la totalidad de los daños producidos y hasta el importe máximo de 30.000 euros.

Ayudas complementarias a las del Estado

Se trata de un apoyo económico que ha sido una constante reivindicación de las asociaciones de damnificados, quienes han criticado la enorme tardanza en ser abonadas, a pesar de que constituyen un ingreso imprescindible para las familias que lo han perdido todo y están haciendo malabarismos para poder plantearse su futuro inmediato y a medio plazo.

El Gobierno canario, para otorgar estas ayudas de hasta 30.000 euros, tendrá en cuenta las pérdidas materiales que consten verificadas en la resolución de concesión de la subvención otorgada por la Administración del Estado.

Para estas subvenciones se ha consignado una dotación económica global de  un millón de euros, pero se podrá incrementar hasta un máximo de 13 millones, según se establece en la orden dictada por el consejero de Obras Públicas y Vivienda, Sebastián Franquis.

Estas ayudas serán compatibles con otras subvenciones, indemnizaciones, ayudas, ingresos o recursos, procedentes de sistemas públicos o privados, nacionales o internacionales, hasta el límite del valor del daño producido.

No habrá que solicitarlas, la Administración hará el trámite

Podrán beneficiarse de estas subvenciones las unidades familiares o de convivencia afectadas con la destrucción total de la vivienda que vinieran ocupando como residencia habitual en los municipios de Tazacorte, El Paso y Los Llanos de Aridane, antes del siniestro y que se encuentren inscritas en el Registro de Personas Afectadas, con la identificación de todos sus integrantes.

Es importante destacar que no será necesario que las personas interesadas presenten una solicitud para acogerse a esta línea de ayudas, ya que el procedimiento lo iniciará la propia Administración pública  y la consideración de solicitante la otorgará el cumplimiento de dos requisitos: la inscripción en el Registro de Personas Afectadas  por la erupción, y el haber sido beneficiario de la subvención concedida por la Administración General del Estado por destrucción total de viviendas.

La acreditación de la titularidad y residencia habitual sobre los inmuebles afectados es la misma que la exigida por la Administración General del Estado en las subvenciones concedidas, sin perjuicio de las comprobaciones que pueda realizar el órgano instructor de estas subvenciones, que será la Dirección del Instituto Canario de la Vivienda.

Las ayudas se concederán mediante resolución del titular de la presidencia del Instituto Canario de la Vivienda y se abonarán en el momento de la concesión, una vez que se haya recibido la documentación acreditativa de la condición de beneficiaria de la subvención otorgada por la Administración General del Estado.

La notificación de las resoluciones se realizará mediante publicación en el Boletín Oficial de Canarias (BOC) y las subvenciones concedidas se publicarán en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, así como en el portal de transparencia del Gobierno de Canarias.

Una vez notificada al beneficiario, se entenderá que la acepta, a no ser que se aporte renuncia expresa en el plazo de cinco días hábiles contados a partir del día siguiente en el que reciba la notificación.

Conforme estipula la orden, la persona beneficiaria deberá comunicar otras ayudas públicas que hubiera obtenido o solicitado para el mismo fin. Esta comunicación deberá efectuarse tan pronto como se conozca y, en todo caso, con anterioridad a la justificación de la aplicación dada a los fondos percibidos.

Hay que recordar que el Gobierno estatal, por Real Decreto-ley 20/2021, ya ha concedido ayudas de 60.480 euros por destrucción total de la vivienda habitual, de 41.280 euros por daños que afecten a la estructura de la vivienda habitual y 20.540 euros por daños que no afecten a la estructura de la vivienda habitual. Por daños en elementos comunes de uso general de las comunidades de propietarios en régimen de propiedad horizontal el Estado concedió 36.896 euros.

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